viernes, 28 de agosto de 2026
Política

Tribunal confirma negativa de incapacidad permanente a vendedor por falta de pruebas

El tribunal ratificó la decisión de denegar la incapacidad permanente debido a la insuficiente documentación médica presentada por el trabajador.

Redacción Península Hoy
Foto: moncloa.com

El Tribunal Superior de Justicia ha ratificado la sentencia que deniega la solicitud de incapacidad permanente presentada por un vendedor de la Organización Nacional de Ciegos. La resolución judicial concluye que el demandante no logró acreditar fehacientemente la gravedad ni la persistencia de las lesiones alegadas para justificar el retiro laboral bajo este esquema.

La instancia judicial subrayó que, tras revisar los expedientes clínicos y los dictámenes periciales aportados durante el proceso, no se hallaron evidencias suficientes que demostraran una limitación funcional severa. Según el fallo, la carga de la prueba recae sobre el trabajador, quien debe presentar certificados médicos actualizados que vinculen directamente sus padecimientos con la imposibilidad de desempeñar sus funciones habituales.

El demandante argumentaba que sus condiciones de salud habían deteriorado su capacidad laboral de manera irreversible, afectando su desempeño diario. Sin embargo, el análisis técnico del tribunal determinó que la documentación presentada carecía de la solidez necesaria para invalidar las conclusiones previas emitidas por los organismos encargados de la evaluación de capacidades.

Esta resolución reitera la importancia de cumplir con los protocolos de acreditación médica exigidos por la normativa vigente para acceder a pensiones por incapacidad. El tribunal enfatizó que, sin un diagnóstico preciso y un historial clínico que respalde la incapacidad total, los jueces no pueden otorgar beneficios de seguridad social que alteren la situación laboral de los trabajadores.

La sentencia queda firme, cerrando la vía judicial para este caso particular, a menos que el demandante logre presentar nueva evidencia clínica concluyente. Este precedente subraya el rigor con el que el Poder Judicial evalúa las solicitudes de invalidez, priorizando la verificación documental exhaustiva ante cualquier pretensión de beneficio permanente.

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